Ministerio de Justicia y Derechos Humanos | República Argentina
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BUENOS AIRES 21 FEB. 1995

VISTO la Ley de Ministerios N° 22.520, T.O. 1992, y el Decreto N° 2358 del 23 de Noviembre de 1993 por el que se aprueba la estructura orgánica del MINISTERIO DE JUSTICIA y,

CONSIDERANDO:

Que al MINISTERIO DE JUSTICIA le compete, entre otras, entender en la edición oficial y en la compilación e información sistematizada de la legislación nacional, provincial y extranjera, la jurisprudencia y la doctrina.

Que la DIRECCION DE BASES DE DATOS JURIDICOS, dependiente de la SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES del MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACION, administra un servicio de información jurídica documental en linea, denominado SISTEMA ARGENTINO DE INFORMATICA JURIDICA (SAIJ), que pone a disposición de los organismos del Estado y del público en general, textos ordenados, sistematizados y actualizados de normas, jurisprudencia y de doctrina juridica.

Que el Gobierno de la República Argentina ha recibido un préstamo de asistencia técnica del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO, destinado a la cobertura parcial del costo del PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA TECNICA PARA LA ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS SOCIALES.

Que parte de los desembolsos de estos fondos han sido destinados al proyecto PNUD Arg/88/005, del MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACION.

Que en el marco de dicho proyecto se han realizado diversas actividades, tendientes a dotar al SAIJ, de las más adecuadas tecnologías a fin de facilitar la ampliación del acervo documental de su base de datos. De mejorar el acceso a la misma por medios informáticos y de fortalecer su infraestructura para la difusión, distribución y uso del servicio, por parte de los usuarios residentes en todo el territorio nacional, como un medio de contribuir a la seguridad jurídica, aportar elementos para mejorar la técnica legislativa, la investigación, el análisis y la difusión del derecho y la transparencia de la actividad jurisdiccional de nuestros tribunales.

Que el mencionado proyecto comprende la creación de una Red, destinada a producir y distribuir información jurídica documental a nivel nacional.

Por ello

EL MINISTRO DE LA NACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase la RED NACIONAL DE INFORMACIÓN JURÍDICA, la que estará integrada por la DIRECCION DE BASES DE DATOS JURIDICOS, dependiente de la SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES del MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACION, quién actuará como centro coordinador, la SECRETARIA DE JUSTICIA y los poderes y organismos nacionales y provinciales que se adhieran.

ARTÍCULO 2°.- Invítese a los presidentes de los Superiores Tribunales de las Provincias y a las autoridades nacionales y

provinciales que correspondan a integrar a la RED NACIONAL DE INFORMACIÓN JURÍDICA.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase al SECRETARIO DE JUSTICIA, conjuntamente con el SECRETARIO DE ASUNTOS REGISTRALES, o a quienes éstos designen en cada caso a firmar los respectivos convenios de adhesión a la Red.

ARTÍCULO 4°.- La DIRECCION DE BASES DE DATOS JURIDICOS diseñará el plan de instalación y el cronograma de actividades para la puesta en marcha de la Red.

ARTÍCULO 5°.- Los gastos que demande serán imputados a la cuenta respectiva del MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACION.

ARTÍCULO 6°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.

RESOLUCIÓN N° 122

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